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¿Sabes a qué Licencias Laborales tienes derecho como trabajador?

Una de las consultas más frecuentes realizadas por las áreas de gestión humana de muchas empresas, es la relacionada a las licencias laborales que pueden acceder los trabajadores del sector privado, consideramos importante realizar un recuento de todas las licencias laborales que tienen derecho los trabajadores:

  • LICENCIA SINDICAL

Otorga una licencia de 30 días naturales por año calendario. (DS 010 – 93 – TR)

  • COMITÉ SST

Otorga una licencia de 30 días naturales por año calendario. (DS – 005 – 2012 – TR)

  • ASISTENCIA MÉDICA Y TERAPIA

Hasta por 56 horas alternas o consecutivas al año, concedidas a cuenta de vacaciones. (Ley 30119)

  • ADOPCIÓN

Licencia con goce de haber por 30 días naturales, el menor no debe tener más de 12 años. (Ley 27409).

  • BOMBEROS VOLUNTARIOS

Licencia con goce de remuneraciones, cuando sean convocados por el CGBVP. (Ley 30119)

  • TRATAMIENTO TUBERCULOSIS

Puede ingresar una hora después o salir una hora antes del horario habitual. (D. S. 021 – 2016 – SA)

  • SERVICIO MILITAR

Licencia con goce de haber por máximo 30 días para los trabajadores de sector privado. (Ley 29248)

  • FAMILIARES DIRECTOS GRAVES

Una licencia de siete (07) días calendario. (Ley 30012)

  • FAMILIARES DIRECTO CON ALZHEIMER

Una jornada laboral de permiso remunerado al año. (Ley 30795)

  • ATENCIÓN OPORTUNA E INTEGRAL DEL CÁNCER DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Licencia con goce de haber por el período no mayor a un año. (Ley 31041)

  • SELECCIONADOS PARA REPRESENTAR AL PERÚ EN EVENTOS OFICIALES

Licencia con goce de haber y facilidades para entrenar, desplazarse, entre otros. (Ley 27409)

  • MATERNIDAD

Otorga una licencia de 49 días de prenatal y 49 de posnatal. (Ley 26644)

  • PATERNIDAD

Otorga una licencia de 10 días calendario consecutivos. (Ley 30807)


  • LACTANCIA

Una hora diaria, hasta que el hijo tenga un año de edad. (Ley 28731)

  • LACTARIO

El uso del lactario no podrá ser inferior a una hora por días. (D. S. 001 – 2016 – MINP)


Fuente : El Peruano
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